Un impulso a la “puerta giratoria”

28 septiembre, 2016 admin Novedades .

El proyecto de Reforma del nuevo Código procesal penal, que fue aprobado en el Senado, profundiza el conflicto en materia de seguridad y vulnera las garantías individuales.

En tiempos de crisis, nos embarga la incertidumbre, la angustia y la desazón. Todos quienes fuimos víctimas de un delito, incluso sin tener en cuenta la gravedad del mismo, nos hemos sentido impotentes, indefensos e indignados. Cuando esos hechos se multiplican, la angustia individual se va transformando en colectiva. Y es posible que, ante la falta de soluciones rápidas y eficaces, nos domine la intolerancia y reclamemos medidas extremas y urgentes, propias de sistemas autoritarios.

Queda claro que la legitimidad y fortaleza del reclamo popular, visible en las últimas marchas que se dieron en Rosario, exige de parte de los funcionarios una repuesta acorde que nos pone a prueba. No son las propuestas simples y facilistas las que van a resolver este complejo problema, sino aquellas que, si bien no suelen contar con el favor popular, apuntan a desentrañar las causas de la emergencia actual y a prevenir los hechos de inseguridad.

Esa es nuestra obligación como representantes del pueblo, receptar el reclamo para transformarlo en respuestas concretas, eficaces, con trascendencia en la vida cotidiana, aún cuando las mismas no se presenten como ostensibles en lo inmediato.

A nuestro entender, el reciente proyecto de reforma del Código Procesal Penal de Santa Fe no viene a mejorar en nada este tema. Muy por el contrario, fogonea una situación de violencia e intolerancia que obviamente va a profundizar la conflictividad actual, sobre todo en lo mediato.

Consideramos que las leyes sobre seguridad deben impactar en las causas y no en las consecuencias. No se puede pretender resolver un problema tan profundo y con tantas aristas como es la inseguridad partiendo del análisis de los síntomas visibles, esto plantea el debate de una manera sesgada y mal direccionada.

Si la solución que se propone, como mera reacción al reclamo social, tiende a la proliferación de medidas que flexibilizan las garantías individuales, que nos retrotraen a épocas oscuras de nuestra historia, no podemos esperar de ella que nos mejore la calidad de vida.

El foco debe ponerse en investigar las condiciones de emergencia y de propagación del delito, como así también en el aumento del nivel de violencia en su comisión. Pero si nos queremos concentrar en los efectos, aún cuando estemos en desacuerdo, tendríamos que precisar algunas cuestiones.

Como bien lo reconocen en voz baja la mayoría de los operadores del sistema penal, el nuevo Código lejos de disminuir la aplicación de las detenciones preventivas, se mostró más permeable a la requisitoria acusatoria, reduciendo los recaudos mínimos que la anterior ley procesal exigía. Ahora bien, si tal como afirman abogados, fiscales y defensores, los jueces han utilizado la flexibilidad de la ley para dictar más detenciones preventivas, tendríamos que indagar en dónde está la “puerta giratoria” que la ciudadanía percibe.

Cuando se produce un delito, el dato que refiere al hecho va pasando por diferentes estadios hasta llegar, pasados algunos días, a la instancia judicial. Hay un miembro de las fuerzas de seguridad que lo recibe, un investigador que lo procesa, un fiscal que lo transforma en dato con trascendencia jurídica hasta que, finalmente, pueda presentarse ante el juez que determinará si el sujeto investigado va a ser detenido preventivamente o recobrará la identidad.

Si aceptamos que existe una “puerta giratoria” y que los jueces suelen aplicar en la mayoría de los casos medidas restrictivas de la libertad, entonces tenemos que acordar que ésta se presenta en algún tramo del derrotero descrito en el párrafo anterior.

Si con la reforma que se plantea lo que hacemos es ampliar las facultades, los tiempos y requerimientos en esa etapa intermedia, lo que vamos a lograr es dar mayor impulso a esa “puerta giratoria” que tanto se critica, más que clausurarla. Es decir, más que garantizar los derechos de las víctimas de la inseguridad, lo que ampliamos es la arbitrariedad de los denunciantes, preventores, investigadores y fiscales, y todo ello a espaldas del juez. Si permitimos verbalizar órdenes de detención, lo que eliminamos son los controles frente a eventuales abusos.

Por todo esto, no acordamos con los fundamentos del proyecto de ley presentado y aprobado en la Cámara de Senadores de Santa Fe. Convencidos que el camino debe ser el desarrollo de políticas que apunten a la prevención de la violencia y el delito y a profundizar el sistema democrático, seguiremos trabajando seriamente y con responsabilidad, en pos de la recuperación de la tolerancia, el respeto y la paz ciudadana.